Por Redacción

Con el objetivo de rastrear en tiempo real a los individuos, las Comisiones Unidas de Gobernación y Estudios Legislativos del Senado ratificaron la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y la Ley General de Población, relacionada con la Búsqueda, Localización e Identificación de Personas Desaparecidas. Estas dos leyes establecen la Plataforma Única de Identidad y CURP biométrica, que exige a todos los individuos proporcionar sus datos biométricos, los cuales podrán ser compartidos de manera masiva entre las instituciones.

En otras palabras, la reciente regulación establece una Plataforma Única de Identidad en tiempo real vinculada, que reunirá el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas; la Base Nacional de Carpetas de Investigación y el Banco Nacional de Datos Forenses.

Además, la versión digital de la Clave Única de Registro de Población como identificación tiene la capacidad de supervisar de forma constante el seguimiento de la Clave Única de Registro de Población de un individuo desaparecido o «no encontrado», con el objetivo de detectar cualquier cambio, anotación o actualización que pudiera proporcionar datos para la investigación, búsqueda, localización o identificación.

El informe, que fue aprobado por 20 votos a favor, 5 en contra y 4, dicta que la CURP, que incorporará huellas dactilares y fotografía, se transformará en el documento nacional de identificación con aceptación universal y obligatoria a nivel nacional, y contará con un seguimiento en «tiempo real» para facilitar búsquedas exhaustivas y constantes.

Asimismo  se permitirá su uso en formato físico y digital, y su integración con otros sistemas como el Registro del Sistema Nacional de Salud.

Con información de: La Crónica

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